PASO A PASO: Manejo de Accidentes de Trabajo en la Empresa
- Reportar el accidente a la gerente (a la rectora) oportunamente (durante las 24 horas consiguientes), el puesto más alto en el jardín, para garantizar que la ARL SURA ((601) 4055911 ) brinde la atención requerida, la cobertura de las prestaciones asistenciales y económicas, que se deriven de este accidente.
- El informe escrito debe estar redactado de manera concreta y se debe colocar exactamente lo sucedido, sin incluir todos los detalles del suceso para que no resulte falible.
- El trabajador debe recibir la atención necesaria, dirigiéndose al centro médico más cercano para recibir la atención necesaria.
- Si la trabajadora sufre un accidente leve en su área de trabajo, se puede atender en la misma organización con el botiquín de primeros auxilios y con la ayuda de una docente brigadista.
- Si la trabajadora necesita asistencia médica, la rectora/gerente debe entregarle un volante de asistencia dando de que se ha producido en el trabajo para que sea atendida en un centro de emergencias.
- Si la trabajadora sufre un accidente laboral que requiera asistencia médica urgente se precisa llamar a emergencias y trasladarla al centro de atención más cercano, en donde se hace constar que es un accidente de tipo laboral. La empresa comunicará cómo fue que se produjo el accidente y continuará haciéndole el seguimiento.
Procedimiento en caso de un accidente de
trabajo
Como empleador:
1. Identifica la gravedad del AT según, el
protocolo de atención de la empresa y traslada al empleado a la IPS más cercana.
2. Reportar el presunto accidente de trabajo completando el Formato Único de Reporte de Accidente de Trabajo (FURAT).
Como Trabajador:
1. Reportarlo inmediatamente a su empleador
para que él notifique el accidente y lo guíe en el proceso de atención en
salud.
2. Si el presunto accidente genera una urgencia, lleve inmediatamente al accidentado al centro de salud más cercano.
LINK DE INFORMACION: https://www.arlsura.com/index.php/175-asistencia-para-afiliados/asistencia/2196-procedimiento-en-caso-de-at
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